Alforjero prevenido vale por dos. Y como la mayoría estamos más tiesos que la mojama, más vale que encima no nos caiga una multa que se lleve por delante el presupuesto de nuestra ruta.
Así que en este post hablaremos de todas las infracciones sancionables con multa a las que estamos expuestos cuando vamos en bicicleta, que no son pocas ¡Vamos allá!
8 Infracciones más comunes en bicicleta
Para completar esta lista nos hemos servido del Código de Tráfico y Seguridad Vial. 963 páginas apasionantes, llenas de acción, giros inesperados y aventuras increíbles.
Y ya nos vas a perdonar el tostón jurídico que se viene encima, pero pensamos que usando el propio texto del reglamente es más probable que no dé lugar a dudas. Coge aire que seguimos.
1. Multa por no llevar casco
¿Qué dice la ley?
Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor.
En el caso de menores de 16 años es obligatorio el uso del casco en todo tipo de vías.
Si nos multan por no llevar casco en la bici no pueden inmovilizarnos el vehículo (en este caso la bici).
A parte de esto, para las bicicletas de juguete (menos de 43cm del sillín al suelo) no hace falta que el niño lleve casco.
¿Cuánto es la multa por no llevar casco en la bici?
Se considera falta grave por lo que la multa sería de 200€.
2. Multa por conducir sin manos
Raro es que te multen por esto, pero se han visto casos incluso por soltarse de manos. En estos casos se alude a la siguiente ley:
¿Qué dice la ley?
Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado).
¿Cuánto es la multa?
Se considera infracción grave por lo que la multa son 200€.
3. Multa por exceso de velocidad
En este caso nos libramos de esta multa. Se refiere a velocidades máximas fuera de poblado.
¿Qué dice la ley?
Para ciclos, ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros: 45 kilómetros por hora. No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.
4. Multa por llevar carro con niños
¿Qué dice la ley?
Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad.
- Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.
- Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
En circulación urbana se estará a lo dispuesto por las ordenanzas correspondientes.
A efectos prácticos, según la ley, solo se pueden llevar niños en un remolque para bicicleta en vías reservadas para bicicletas (vías verdes…) o localidades que lo permitan en sus ordenanzas municipales.
En vías interurbanas se puede llevar a un niño de hasta siete años con casco, en un asiento adicional trasero o delantero, que esté certificado para este uso.
¿Cuánto es la multa por llevar un carro con niños?
Al tratarse de una infracción leve, la multa sería hasta 100€.
5. Multa por no llevar luces y reflectantes
¿Qué dice la ley?
Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes debidamente homologados que reglamentariamente se determinen y que deberán poseer estos vehículos de acuerdo a dicha normativa. Cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los conductores de bicicletas además llevarán colocada alguna prenda reflectante si circulan por vía interurbana.
En todo caso, en el reglamento se refiere varias veces a que esta se trataría de una falta de carácter leve.
Nos ha llamado mucho la atención que el reglamente también refleja la obligatoriedad de timbre y frenos (delanteros y traseros) para ciclos. Aunque no deja claro si la bicicleta se considera ciclo.
¿Cuánto es la multa por no llevar luces en la bici?
La multa sería hasta 200€.
6. Multa por llevar auriculares o móvil
¿Qué dice la ley?
Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Ojo con esto porque incluye grabar vídeos o tomar fotos desde la bici si para ello tenemos que usar las manos.
¿Cuánto es la multa por escuchar música o ver el móvil en la bici?
Se considera falta grave por lo que la multa sería de 200€.
7. Multa por alcoholemia en la bici
¿Te pueden multar por ir borracho en la bici? Pues sí. Eso sí, no te pueden quitar los puntos del carnet de conducir.
¿Qué dice la ley?
Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación (artículo 12.2, párrafo primero, del texto articulado).
La normativa también se aplica al consumo de drogas.
¿Cuánto es la multa?
Esta infracción se considera muy grave por lo que la multa podría ascender a los 500€ o 1000€ si es reincidente o dobla la máxima permitida.
8. Otras multas
En el momento en que te montas en la bici, a efectos legales eres conductor de un vehículo. Así que además de las normas que hemos mencionado anteriormente, hay que cumplir con las habituales cuando conducimos un coche.
Por ejemplo:
- Señalizar las maniobras (con la mano). (200€)
- Respetar señalización y semáforos. (150-500€)
- Circular en sentido contrario (por dirección prohibida) (150-500€)
- Arrojar objetos a la vía.
Además todas las multas pueden incrementarse un 30% en caso de reincidencia o la gravedad de la infracción.
Unas últimas aclaraciones
- Los ciclistas pueden circular en columna de a dos orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico.
- En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.
- Los ciclistas tienen preferencia sobre los vehículos de motor en carriles bici y en rotondas cuando circulen en grupo.
- Por seguridad, en ciudad y en carretera es siempre recomendable –no obligatorio– circular por los carriles bici siempre que estén disponibles.
- En vías urbanas se puede adelantar tanto por la derecha como por la izquierda y situarse en la zona de espera adelantada.
- No se puede circular por aceras montado sobre la bicicleta, excepto para menores de 14 años siempre que guarden la prioridad del peatón. Se considera falta leve (hasta 100€ de multa).
- En cada Comunidad Autónoma, Municipios o Espacios Naturales Protegidos pueden existir normas particulares que se apliquen a ciclistas.
***
Y a ti ¿te han puesto alguna vez una multa yendo en bicicleta? Pues déjanos un comentario y si puedes decirnos a cuanto ascendió la broma mejor, que el precio a pagar suele ser lo más difícil de determinar. Nos vemos en los caminos.
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Gracias por vuestro artículo. Me ha surgido una duda que quisiera, si es posible, me la aclaraseis. Al final decís: «El uso del carril bici es obligatorio siempre que exista»
¿En qué artículo del Código se indica esta obligatoriedad?
Gracias, un saludo
Hola Juan Mari,
Hemos matizado el artículo. Existe obligatoriedad de uso del carril bici si al comienzo del carril hay una señal tipo R-407-a, esta es un circulo con fondo azul y bicicleta en blanco. Se encuentra en el artículo 155 del Reglamento General de Circulación.
Gracias por el aviso
Se pierde el carril bici justo en el semáforo de peatones para cruzar una vía He cruzado con la bici estando en verde para peatones Un coche patrulla de la policía local ha frenado bruscamente habiendo corrido yo riesgo de atropello No iban de emergencia por lo que su intención era saltarse el semáforo que lo tenían en rojo Al llamarme la atención yo les he replicado que iban demasiado rápidos y se estaban saltando un semáforo La respuesta ha sido una denuncia Claro está que por chulería del agente
Buenas noches, debéis retirar el punto 4 de ‘Unas últimas aclaraciones’: ‘El uso del carril bici es obligatorio siempre que exista.’, es erróneo salvo que exista la señal que lo indique, la R-…. .
Sl2
Hola Pedro,
Llevas razón, en concreto se trata de la señal «R-407 a» y la norma dice:
«R-407 a. Vía reservada para ciclos o vía ciclista. Obligación para los conductores de
ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de
la vía de utilizarla.»
Corregimos!! Gracias!!
Hola.
Una cosita que me ha parecido no venía más arriba: el uso de autovías por parte de los ciclistas. No recuerdo muy bien la normativa, pero tengo entendido que cuando no existen rutas alternativas, ESTÁ AUTORIZADO circular por ellas, ¿es correcto?
Gracias
Hola Miquel,
Así es, concretamente la ley especifica lo siguiente:
«Se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida (artículo 18.1 del texto articulado).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo.»
Lo cual se contradice un poco la verdad. Yo lo que entiendo es que se puede circular por el arcén de autovías siempre que no exista una señalización que lo prohíba y seas mayor de 14 años.
Eso mismo entiendo yo pero, por si acaso, sólo iré por ellas cuando no exista una vía alternativa.
Yo vine de Madrid a Bilbao en bici, y efectivamente, entre Somosierra y Burgos, comprobé que podía ir por la autovía, porque no hay via alternativa. Aún así, preferí circular por los caminos entre pueblillos (algunos de menos de 15 habitantes). Algunos se quedaban flipando al verme pasar con las alforjas pensando que era un guiri (para ellos supongo que lo era)
Buenas noches. Quisiera que me aclaraseis una cosa decis que no se puede circular por la acera¿no?. ¿Pero si esta pintada en verde se puede circular?..Gracias
Hola Raúl,
En ese caso se considera Acera-bici y si se permite la circulación de ciclistas. No tiene porque ser en verde en concreto, simplemente debe estar indicado de algún modo, normalmente con señalización horizontal, es decir sobre el suelo.
Un saludo
Buenas Alforjeros!
Ante la posibilidad de cruzar por un paso cebra, siempre se me crea la duda de si debo bajarme de la bici o, si puedo cruzarlo montado en ella, ¿sabeis si hay alguna norma al respecto? En caso de poder cruzarlo montado en ella, ¿existe una velocidad máxima?, ¿deben los vehículos pararse para que pueda cruzar?, ¿me pueden multar?
Gracias!
Buen apunte Joan!
Es un tema que genera muchas dudas. A ver, con la normativa en la mano no puedes pasar montado en la bici por un paso de cebra a no ser que sea un paso especial de bicicleta (que están señalizados con lineas discontinuas gruesas a cada lado).
Si lo piensas, la normativa no permite circular con bicis por la acera (salvo que sea una «acera-bici» o que lo permita la ordenanza local), así que si pasas montado sobre el paso de peatones quiere decir que ibas montado en la acera.
Como digo, puede que la normativa local te lo permita, yo por si acaso me bajo siempre que tengo que pasar un paso de peatones.
Saludos!
Gracias por las respuestas!! De hecho, me refiero a los pasos de peatones, donde desemboca o cruza un carril bici, que proviene de una acera, que no son pocos, los que hay sin señalizar con las líneas discontinuas gruesas.
Saludos!!
Los pasos de PEATONES señalizados debidamente como tales, Son exactamente eso, y se consideran a todo efecto como ACERA, y sobre ellos Una bicicleta debera cruzar con el Usuario a pie y empujandola o estara circulando por la Acera lo cual esta Prohibido.
El carril bici puede continuar en Paralelo al paso peatonal y con solucion de continuidad de una Via para estos vehiculos, pero se señaliza con lineas longuitudinales
Paso de Peatones: ( señalizacion horizontal, con lineas Transversales, alternando un color claro (generalmente blanco) y oscuro (negro con lineas de entre 40cm de ancho)
Bien. Buen tema y polémico como pocos otros.
Actualmente, a nivel nacional no hay nada que regule específicamente el tema. Están en ello…
Además están los «Vehículos de Movilidad Personal, VMP» conocidos como patinetes eléctricos. ¿Y porqué mezclo bicis y patinetes? Porque van en el mismo saco. Por lo que he averiguado están preparando una normativa que abarque a ambos (y demás «cacharros» que circulen por la vía pública). De momento, la cosa está muy laxa. Cada ayuntamiento está teniendo la potestad de regular estos vehículos (hay 8.000 en España) mediante Ordenanzas Municipales que acaten la normativa vigente y no concurran en contradicciones con normas de superior rango… o sea que es un lío.
Por otra parte, estos mismos ayuntamientos se topan con el hecho que, de aplicar la normativa, van a verse obligados a desembolsar una ingente cantidad de dinero para proceder a la señalización de todos los carriles que discurran por sus núcleos urbanos (como poco 2 señales en cada cruce, más otros suplementarios, digamos «recordatorios», en aquellos tramos que sean más largos de lo normal). Sin entrar en que muchos de los actuales carriles se han hecho a libre albedrío del técnico de turno (quien, es de suponer, ha actuado de buena fe basándose en unos informes que le orientan en su trabajo).
En pocas palabras, todo está en el limbo y mucho de lo existente tendrá que adaptarse a la futura normativa nacional.
Por si acaso, yo circulo por los carriles existentes. No para evitar las posibles multas (cosa bien poco probable debido a la carencia de señal específico), sino porque considero que mi integridad física está por encima de cualquier otra cosa).
Espero haber liado un poco más el tema.
Gracias por el comentario Miquel!
El tema de las normativas en España ya sabemos como va, mucho lío, poca información clara, leyes que se pisan unas a otras y al final la misma conclusión de siempre: «Si te quieren multar, te van a multar».
Yo personalmente también trato de usar siempre los carriles cuando los hay porque le tengo bastante miedo a los coches cuando voy en bici.
Un saludo
Saben cual es la multa por ir dos personas montadas en la misma bici?
Hola Oriol,
Pues me imagino que será la misma sanción que por conducir sin manos. Si es así, sería una infracción grave y la sanción sería de 200€.
Un saludo
Hola una pregunta que modelo o formulario abría que rellenar para recurrir a una multa de un policía. Ya q me dio una multa x preguntarle su nombre. El policía me para xq vengo montado en la bici x la Av Méndez Pelayo y los domingo la colocan para peatones yo trabajando en glovo vi q las personas andaban en las bici y no me baje cuando salgo de la avenida q ya no está marcada como peatonal el policía me para y me dice q es una zona peatonal yo le comento q hay muchas personas en bici q cual era su nombre para dirigirme a él y me dijo quieres mi nombre ya te lo daré escrito y me dio la multa yo saque mi móvil y grave en video todo lo q el me dijo y el lugar donde se ve perfectamente q no era una zona peatonal entonces quiero recurrir la multa y saber si hay un modelo o formulario específico para eso o es el mismo de coche y motos???
Hola Gabriel,
La verdad es que sobre recurrir multas no tengo ni idea. Tal vez este artículo te pueda sacar de dudas:
https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-todo-debes-hacer-para-recurrir-multa-paso-paso-201712030128_noticia.html
Espero que te sirva.
Un saludo
Que otros cometan una Infraccion no exime de cumplir la Normativa.
Y tampoco el desconocimiento de la LEY. Y te lo digo pq grabar a un Policia en el desempeño de sus Funciones y compartir publicamente esa Grabacion, PUEDE considerarse una Infraccion mucho mas GRAVE del tema multa por circular por la acera. Ademas el Policia podra por su propia cuenta, considerar que has violado su Derecho a intimidad como cualquier otro Ciudadano, y presentar denuncia.
Solo puedes grabarle si consideras que ha abusado de tus derechos y con el Unico Fin de presentarlo como prueba probatoria en un posible Litigio.
Hola… Pues en mi ciudad ( Valladolid) acaban de ponernos una multa por ir dos adolescentes en una bici por el carril bici…. Y han sido 200 €!!!!
Me parece una verdadera barbaridad además de q el precepto infringido, buscado y leído, no tipifica esa sanción… Con lo cual, q se puede hacer? Gracias
En bici electrica circulando por el pueblo me pueden multar por no llevar casco?
Hola Enrique,
A efectos prácticos una bici eléctrica es equivalente a un bici normal, siempre que no haya sido modificada la potencia. Entonces no estás obligado a llevar casco dentro del pueblo, a no ser que haya una ordenanza municipal que corrija la normativa estatal. Lo mejor es llamar al ayuntamiento y preguntarles.
Un saludo
Yo diría: mejor llevar casco. Siempre. De hecho es mas util llevarlo dentro del pueblo que afuera.
Por supuesto Bamoabé! Nosotros lo llevamos siempre. De hecho nos sentimos raros si vamos sin él.
Saludos
Hola, hoy me han puesto, en Valladolid, una multa de 200€ por ir por la acera, mientras me dirigía a un carril bici. Soy un adulto, iba muy despacio, la acera estaba vacía y cuando el policía me pidió que me bajará, me baje sin rechistar. ¿Esa cantidad es normal?.
Hola Celeste,
Circular por la bici con acera se considera infracción grave, lo que tiene asignada una multa de 200€. El hecho que la acera esté vacía o fueras despacio no se consideran atenuantes. Lo siento mucho! 🙁
Buenas tardes. A mi hijo lo han multado con 80 € por ir montados 2 en la bicicleta, pero no he visto que hayas comentado nada sobre ese tema. Te pueden multar por eso? Siempre he visto a los jóvenes yendo así y no sabía que te pudieran multar.
Hola Inmaculada,
Hoy en día si te quieren multar te multan, es así de triste. De hecho si quieren te pueden multar por no llevar timbre, una locura.
Respecto a la multa que la han puesto a tu hijo, me imagino que se agarrarán al artículo 9.2 en el que se dice que se debe conducir con diligencia y precaución. Si consideras que la sanción no corresponde siempre puedes reclamar.
Un saludo
Hola, buenas tardes quería saber si alguien me quita la duda, podrían ir 2 personas en una bicicleta es decir llevar a un niño entre el volante y el aciento obviamente con el conductor por calles urbanas. Gracias de antemano.
Hola Motiño,
Creo que te podrían decir algo, incluso ponerte una multa. Yo no me la jugaría.
Saludos
En algunos municipios se considera una Infraccion de caracter MUY GRAVE. y si supieras la cantidad de Fracturas y la Gravedad de estas por llevar a un niño delante Tuyo, y la rueda queda bloqueada o hay una desafortunada caida, NO TENDRIAS UNA CONDUCTA TAN TEMERARIA con un MENOR que depende de TU TUTELA y sentido comun !.
Mas aun teniendo en cuenta que estas OBLIGADO por Ley en todo el Territorio Nacional a Circular por la CALZADA, o CARRIL BICI.
se puede pagar por insternet en alguna pagina web?
Si Pablo,
En las instrucciones de la multa te debería aparecer las instrucciones para pagarla.
Saludos
A mi hijo lo han multado por circular por un carril bici que hacia una semana estaba clausurado le han puesto una multa de 200 euros y el tipo de infraccion es grave.Que puedo hacer en este caso que me parece exagerado e incluso absurdo ?
Me han puesto una multa por circular por una acera que se encuentra señalizada con un símbolo de peatón y otro de una bicicleta pintadas en el pavimento, por lo que yo interpreto que se trata de un carril bici compartido. Se trata de un tramo interurbano en el Ayuntamiento de A Coruña, pero fuera del casco urbano. El carril bici lo ha ejecutado y señalizado el Ayuntamiento y el Agente de la DGT me vino a decir que el Ayuntamiento no tiene competencia en ese tramo por tratarse de un tramo interurbano. La multa es de 200€. Se puede recurrir esa multa? Yo realmente repetaba la señalización y no creo que tenga obligación de saber quien colocó o pintó las señales, si el Ayuntameinto o la DGT. Yo creo que deberían corregir estas supuestas contradiciones de señalización entre organismos públicos y no sancionar a los ciudadanos.
El Agente tiene razon,
lo cual no te IMPIDE demandar al Ayto como Responsable Solidario, ya que señalizo ese Carril indebidamente; Y por tanto un Juez puede considerarlo con grado de Responsabilidad , puesto que ese Ayuntamiento a cometido una Negligencia como minimo y tiene Culpa.
Y mucho mas porque tu No hiciste un uso Negligente de la via ni otro comportamiento Punible no achacable al mero hecho de utilizar el Carril.
Es decir unicamente circulaste por la via y ese es precisamente el Suceso desencadenante de los hechos Denunciados
Buenas noches. Me llamo Tomás. Me han multado por no ir con las dos manos en el manillar de la bici. Sólo llevaba una y la otra la estaba estirando por qué se me durmió. Conducción negligente. Consta en la denuncia un párrafo breve explicativo motivando el motivo de la negligencia. Puedo recurrirla? Gracias.
Muchas veces los policías son unos chapuzas poniendo multas. A mi un guardia civil me mintió en la cara diciendo que sólo me avisaba pero no me ponía multa (me lo aseguró). 1 mes después me llega notificación por no llevar chaleco reflectante en vía inter-urbana. Bien, pues luego resulta que ni era vía inter-urbana (tuve que hablar con demarcación de carreteras), ni puso la dirección correcta sino la contraria, ni era el punto kilométrico (500m antes), ni era de noche (discutible). Pero lo peor? Recurro y 3 mese después pone que yo rechacé la notificación de la multa (que significaría nulidad) para no perder tiempo? Se puede mentir en forma tan descarada y que no pase nada? pues por lo visto sí oye. Es tipo es gentuza! Mejor graben cualquier infracción porque ellos tienen presunción de veracidad y pueden inventar cualquier cosa, pero nosotros tenemos presunción de inocencia según la justicia no? Pero claro, vamos a juicio y cómo demostramos que mintió? Ahora para mí tienen presunción de mentirosos, es lo que hay.
con la bici en el paseo marítimo me calli de la bici por esquivar a un paseante pero no pude hacerlo.
policia vino y me denuncia y el paseante quiere hacer lo mismo.
que trampa me puede esperar del peatón?
los nombres ya se encontran en la police.
que debo hacer?
Hola Charles,
El tema que me cuentas no es una multa sino una denuncia, así que si quieres recurrirla lo ideal es que contactes con un abogado.
Un saludo
Saludos.
Me han puesto una multa por llevar auriculares en bicicleta, en carril bici y por un parque sin tráfico. Me dieron la notificación en mano (200 euros) Mi nombre y el DNI aparecen incorrectos (Concretamente un apellido esta mal y la letra del DNI no corresponde) Apenas se entiende la descripción y el motivo de la infracción y no comprobaron si tenía el auricular conectado. Creo que la normativa dice claramente que «Está prohibido llevar auriculares «Conectados» …
No se si pagar y olvidarme, recurrir o no hacer nada.
Gracias.
Hola Robb,
Realmente no importa por donde estés circulando, la normativa es tajante con el tema de los auriculares en la bici. Si consideras que no incumplías la norma reclámala. Un saludo
Deberias alegar que tu no eres el TITULAR IDENTIFICADO en esa Notificacion, puesto que No queda probado que lo seas si han tomado mal Tu Apellido y Dni.
Es un defecto de Forma que puede tirar abajo esa Denuncia, Pues no hay otra prueba que te identifique como infractor.
Hola,
¿Dónde se indica que conducir una bicicleta por una zona peatonal es una infracción grave? He leído las infracciones que se indican en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y no aparece entre las graves ni las muy graves, por lo que entiendo que sería leve, a no ser que se agarren a conducción negligente.
Gracias por la aclaración.
Hola Carmen,
Creo que las zonas peatonales son competencia de los municipios. Así que es el ayuntamiento el encargado de legislar sobre ello, fijando la norma y las sanciones correspondientes.
Saludos
Hola,
Recientemente, mientras circulaba con una bicicleta de montaña monoplato por el Paseo Marítimo de Málaga, en una zona en la que éste carece de carril bici, me paró un policia local motorizado diciendome que me iba a denunciar por conduccion negligente por ir a 40-50 km/h según él. No me facilitó ninguna comunicacion por escrito de la infraccion cometida, art, y cantidad. Así mismo no preguntó por el tipo de bicicleta que llevaba, con la cual y dada su relacion de velocidades es imposible ir a la velocidad que refiere el policia (por supuesto no hay fotografia que pudiera indicar la velocidad que llevaba).
Me puedo agarrar al defecto de forma por lo dicho anteriormente cuando me llegue la multa (si llega) ?
O sería su palabra contra la mía? con lo cual llevaría las de perder.
Un saludo y muchas gracias.
Hola Miguel,
Nuestra recomendación es que si consideras que la sanción no está justificada la recurras.
Saludos
La denuncia es Correcta respecto a la Valoracion que puede hacer la Autoridad de una Conducta Negligente, Por concurrir las siguientes circustancias:
Circular por una Via No autorizada a Bicicletas en marcha y
reservada a Peatones
Es valida sin importar el Tipo de bicicleta, pues se considera un «Ciclo de 2 Ruedas» impulsado por tu «esfuerzo»
Apreciar una falta de Diligencia y Celo, respeto a los Peatones, y por tanto una actitud Negligente, no se necesita demostrar ninguna Velocidad pues no te estan denunciando bajo esos terminos.
Sino bajo la premisa de TU ACTITUD respecto al manejo del vehiculo
Hola mi hijo de 13 años venía del cole montado en la bici por la acera y lo han parado le han puesto 30 euros de multa he leído que a los menores de 14 años les está permitido siempre respetando al peatón .quiero saber si tengo derecho a reclamar o no . en caso de estar en mi derecho dónde me dirijo … GRACIAS DE ANTE MANO
Ir legalmente por la acera en bici no depende de la edad del niño/a, sino de si la bici es vehículo o está conceptuada como juguete. El derecho a reclamar lo tienes siempre, aunque en el caso que me cuentas la multa está justificada.
Saludos
Hola, me pusieron una multa por pasarme un semáforo rojo en Madrid, yo traía un coche detrás muy cerca y no me dejó frenar, me pase en el momento justo antes en que cambió el semáforo a rojo, pues igual me han detenido y cuándo intente explicar se pusieron pesados y la multa me la llevé igual, el problema es que yo no soy español, estoy con visa de estudiante y al entrar a la página en que se supone puedo hacer el pago en línea me pide la matrícula del vehículo, mi bicicleta no tiene matrícula, además registraron mal la marca y ni siquiera pusieron el modelo de la bici, entonces no se cómo puedo proceder o a dónde tengo que ir para solucionarlo o si me sería conveniente recurrir, lo que menos quiero es tener algún inconveniente en lo que queda de mi estancia en España. Agradecería su opinión y su ayuda en lo posible. Saludos
Hola Nicolás,
Tu caso es bastante particular. Yo me pondría en contacto con alguna agencia especialista en recurrir multas de tráfico. En una búsqueda en google encontrarás bastantes.
Saludos!
Hola, tengo una bicicleta cargo homologada por el fabricante para llevar 2 o 3 niños (según accesorios) o un adulto sentado en la parrilla trasera con los reposapiés homologados. Pues el otro día me paró la policía y me dijo que da igual la homologación de la bicicleta. Dijo que en España eso no está permitido.
¿Podéis ayudarme? Porque si es así, tiré el dinero de la compra de la bici.
Hola PP,
Según tengo entendido, lo que está prohibido es el transporte de personas en un carrito, al menos eso dice la ley. En tu caso creo que es recurrible (no se si te multaron) ya que no sé a qué artículo del reglamento se han agarrado para decirte eso.
Ya nos contarás si averiguas algo más porque es un tema que nos interesa mucho.
Saludos!
Hola di positivo en drogas y la grúa se llevó mí bicicleta y no encuentro documentos o factura ni recuerdo el numero de serié podré recuperar la?
Podre recuperar? la vale mas de 2.000€
Buenos días. Mi nombre es Tomas y he sido multado por ir con una sola mano en el manillar de mi bicicleta. La otra la estaba estirando por qué se me adormecia la muñeca. El concepto es «circular de manera negligente» y entre paréntesis pone «circular usando solo una mano en el manilar de la bicicleta sin existir causa que lo justifique». Es cierto que fue hace unos tres meses y aún no he recibido ningún tipo de notificacion. El ir con una sola mano es denunciable?. Gracias.
Mandé un comentario parecido pero con correo equivocado. gmail es el correcto.
Me multa la Ertzaina…por no llevar timbre..en una carretera cortada al trafico . 200 Euros
La señalizacion dudosa …no tenia disco de prohibicion especifico….aunque si pivotes.
A mi me multan con otros 200 euros opr ello.Dejando sin multar, s otro que esgrimio las mismas razones
En comisaria alegan, que los agentes valoran…las circunstancias
No existiendo?…un protocolo de señalizacion.Me que sin saber,si puedo hacer las alegaciones,con un minimo de garantia…Arriesgando ,el no poder ejercitar el dcto. pronto pago.
Aduce uno de los agentes,que yo no dije «Barkatu»…( Perdon en euskara)..Me mostré en todo momento ,educado….trato humillante & desprooorcionado y desagravio.Graciad
Hola Iñigo,
Como siempre recomendamos, si piensas que la sanción es injusta tu derecho ciudadano es reclamarla. Muchas veces tragamos por el tema del prontopago y se comenten este tipo de injusticias. Ya nos contarás.
Saludos
Mi pregunta es:
Los ciclistas pueden ir en paralelo en cualquier carretera?
curvas sin visivilidad.
en tramos de rayas continuas.
Si no pueden. Por que no se les sanciona?
en ciudad se saltan los semaforos en rojo e incluso circulan por las calles en direccion contraria.
Afortunadamente NO SON TODOS.
Pero no me parece justo que al conductor se le mire con lupa y al ciclista se le pasen muchas cosas por alto.
Una cosa tengo muy claro, que sea de quien sea la culpa, el ciclista siempre saldra perdiendo. A mi de nada me serviria de nada el echo de tener yo la razon si acabo lisiado de por vida.
No quiero que nadie se sienta ofendido. Yo tambien he circulado en bicicleta y me da igual quien tendria la culpa, lo que siempre me preocupo fue mi salud.
Hola Luis,
Gracias por tu comentario. Nuestro público fundamentalmente son ciclistas, por eso hemos publicado este post. Porque muchos ciclistas no conocen cómo se aplican las normas de tráfico cuando vas en bici y se asombran de que les multen por algunas cosas. De hecho, si lees los comentarios de este post la mayoría son casos de ciclistas que han sido multados por desconocer la norma. Falta pedagogía en ese sentido. Saludos!
Buenas:
Tengo una duda. Si está lloviendo, y yo voy conduciendo mi bicicleta con una mano mientras con la otra sujeto un paraguas, me pueden multar?? Siempre circulando sobre carril bici, nunca por la carretera.
sobre las manos, se indica que no se permite conducir sin manos, pero y con una??
Hola Oscar,
Si el agente encargado de aplicar el reglamento considera que la conducción con un paraguas en una mano es negligente o temeraria, si, te pueden multar. Saludos
Si circulo por un paseo peatonal, puede la policía quitarme la bici?
gracias!!
Hola Celia,
No creo la verdad. Podrían sancionarte y obligarte a bajar de la bici. Pero no creo que te puedan confiscar la bicicleta. Saludos
Hola, me han multado esperando en un semáforo que se pusiera verde para pasar, el cual tiene un semafóro extra específico de bicicleta, se supone que yo estaba circulando por un carril bici. El policía se ha parado para decirme que estaba circulando por acera, le he dicho que no lo sabía, que siempre fue carril bici y que por ello creía que estaban los semáforos, aún así me baje de la bici, y le dije que no sabía de ese cambio, que cuando había dejado de ser carril bici y que entonces esos semáforos para que eran, el Sr. Policía me ha preguntado si me estaba tratando mal a lo que le he contestado que un poco, su reacción ha sido pedirme el DNI y multarme. En esto que ha llegado su compañero, al que le he hecho la misma pregunta, se ha encogido de hombros me ha dicho que no se van a a evaporar las bicis. Les he pedido de todas las formas que no me multaran, qué no podía pagar. En fín, creo que es injusto por no estar señalizado y sin embargo existir esos semáforos. Por favor, dadme vuestra opinión para verme con fuerzas en alegar. Gracias
Hola Mercedes,
Nosotros siempre recomendamos recurrir la multa si no estamos de acuerdo con la aplicación de la normativa. Es un derecho ciudadano. Saludos